Bienestar animal

BIENESTAR ANIMAL

El Viso de San Juan

Para solicitar la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos deberá descargar y rellenar la instancia en archivo PDF.

Disponer de los documentos que deberá aportar junto con la solicitud, que son los siguientes:

  • DNI o documento acreditativo.
  • Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causados por sus animales.
  • Justificación del pago de las tasas correspondientes (artículo 26 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Declaración jurada por el interesado de no haber sido sancionado por ninguna de las infracciones reguladas en el artículo 13 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre.
  • Certificado médico emitido al efecto de tramitación de licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, actualizado, emitido por centro médico autorizado.
Solicitud de renovación de licencia

Para solicitar la renovación de licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos deberá descargar y rellenar la instancia en archivo PDF.

Disponer de los documentos que deberá aportar junto con la solicitud, que son los siguientes:

  • Acreditación de ser mayor de edad mediante DNI.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Certificado o, en su caso, declaración responsable de no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de las previstas en el apartado 3 del artículo 13 de la Ley 50/1999, así como de no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
  • Certificado de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
  • Informe expedido por la compañía aseguradora acreditativo de haber formalizado el solicitante un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a ciento setenta y cinco mil euros (175.000€), conforme a lo dispuesto en el artículo 4.2f Decreto 287/2002.
  • Justificante de estar al corriente en el pago del seguro de responsabilidad civil.

Si dispone de Certificado Electrónico o DNI electrónico, y quiere presentarlo de forma telemática, puede hacerlo en la Sede electrónica.